martes, 20 de mayo de 2014

JNE RECHAZA PEDIDO DE VACANCIA DEL ALCALDE ALEX LARA VIVAR

El pleno del JNE con Resolución No.356-2014-JNE publicada el día de ayer, rechazo definitivamente el pedido de vacancia contra el alcalde de Conchucos Alex Lara Vivar , interpuesta por el ciudadano Waldelomar Cardoso Ore el 18 de febrero del 2013, por hallarse incurso en el noveno causal de vacancia: Restricción de Contratación.
El tenor de la Resolución No.356-2014-JNE es el siguiente:

VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Waldemar Cardoso Oré en contra del Acuerdo de Concejo N.° 001-2014-MDC, del 9 de enero de 2014, que rechazó su solicitud de declaratoria de vacancia contra Alberto Álex Lara Vivar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Conchucos, provincia de Pallasca, departamento de Áncash, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y oídos los informes orales.

Por lo tanto, el Jurado Nacional de elecciones en uso de sus atribuciones

RESUELVE

Artículo primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Waldemar Cardoso Oré, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N.° 001-2014-MDC, del 9 de enero de 2014, que rechazó su solicitud de declaratoria de vacancia contra Alberto Álex Lara Vivar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Conchucos, provincia de Pallasca, departamento de Áncash, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo segundo.- EXHORTAR al alcalde Alberto Álex Lara Vivar y a los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Conchucos, provincia de Pallasca, departamento de Áncash, a conducirse con diligencia y observando el deber de cuidado inherente a sus cargos y a la función pública que desempeñan.

Artículo tercero.- REMITIR copia de todo lo actuado a la Contraloría General de la República, así como de la presente resolución, a efectos de que adopte las medidas correspondientes de acuerdo a ley.

Lima,30 de abril de dos mil catorce

Regístrese, comuníquese, publíquese.

SS.
TAVARA CORDOVA
CHAVARRY VALLEJOS
AYBAR CARRASCO
RODRIGUEZ VELEZ

SECRETARIO GENERAL:SAMANIEGO MONZON

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